miércoles, 5 de marzo de 2008

Gobernador, legislatura local y Ayuntamientos de la próxima elección podrían durar 4 años y medio en el cargo por única vez

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Por única vez y para dar cumplimiento a la reforma constitucional federal aprobada por el Congreso de la Unión, el próximo gobernador, la legislatura local y los cinco Ayuntamientos electos el 3 de febrero del año 2011 podrían durar en el cargo 4 años y medio, según establece el dictamen que presentó en primera lectura las Comisiones Legislativas de Puntos Constitucionales y Justicia así como la de Asuntos Políticos en el Congreso del Estado de Baja California Sur.

Las comisiones legislativas presididas por el diputado Octavio Resendiz Cornejo y Lourdes Vázquez Velásquez consideraron factible reformar los artículos 41, 50, 70 y 118 de la Constitución Política del Estado de Baja California Sur con el propósito de homologar y hacer concurrentes las elecciones locales con las federales contempladas para el primer domingo del mes de julio.

Señala el dictamen que el Congreso del Estado se integrará con dieciséis Diputados de Mayoría Relativa, electos en su totalidad el primer domingo de julio de cada tres años, por votación directa y secreta mediante el sistema de Distritos Electorales Uninominales y hasta con cinco diputados electos mediante el principio de representación proporcional.

Por otra parte establece que el Gobernador del Estado será electo el primer domingo de julio de cada seis años e iniciará el ejercicio de sus funciones el día 10 de septiembre.

Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa y secreta; misma que se celebrará el primer domingo del mes de julio de cada tres años en los términos de la Ley Electoral del Estado de Baja California Sur y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado.

En sus aspectos transitorios contempla que por única vez y para dar cumplimiento a la reforma constitucional federal aprobada por el H. Congreso de la Unión y publicada en el Diario Oficial de la Federación, el día 13 de Noviembre de 2007, el gobernador electo el día 03 de febrero del año 2011, durará en su cargo del día 05 de abril del mismo año al 10 de septiembre del año 2015.

Por otra parte los integrantes de la legislatura local electos el día 03 de febrero del año 2011, durarán en su cargo del día 15 de marzo del mismo año hasta el primero de septiembre del año 2015.

El punto cuarto transitorio establece que los integrantes de los Ayuntamientos electos el día 03 de febrero del año 2011, ejercerán sus funciones durante los siguientes periodos:

El Municipio de Mulegé iniciará su periodo el día 24 de abril de 2011 y concluirá el 24 de septiembre del 2015, El Municipio de Loreto iniciará su periodo el día 25 de abril de 2011 y concluirá el 25 de septiembre de 2015; El municipio de Comondú iniciará su periodo el 26 de abril de 2011 y concluirá el 26 de septiembre de 2015; El Municipio de La Paz iniciará su periodo el día 27 de abril de 2011 y concluirá el 27 de septiembre del 2015, y el Municipio de Los Cabos iniciará su periodo el día 28 de abril de 2011 y concluirá el 28 de septiembre del 2015.

Según la directiva del periodo extraordinario integrado por el diputado José Carlos López Cisneros, la diputada Ana Luisa Yuen Santana y el diputado Arturo Atilano González establecieron que dicho dictamen pasará en segunda lectura, discusión y votación ante el pleno en las próximas sesiones.

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